ESTE TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA por el procedimiento por admisión de los hechos para la imposición de pena, al ciudadano RONNY LUÍS RENGIFO MARTÍNEZ, venezolano, de 30 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 17.538.802, soltero, natural de Cumaná, nacido en fecha 30/11/1982, hijo de los ciudadanos Ángel Rengifo y Rosa Elvira Martínez, de profesión u oficio trabajador en el mercado, residenciado en: Barrio El Valle, cerca del cerro, Casa N/S, cerca de los Cubanos, Cumaná, Estado Sucre,; por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 Segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en la modalidad de OCULTAMIENTO, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, previst.....