Con fundamento en las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA CON LUGAR LA DESESTIMACION DE LA DENUNCIA interpuesta en fecha 30-08-2010, por la ciudadana CARLA JOSE PEREZ DE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, de ocupación secretaria, titular de la cédula de identidad N°-V-13.630.092, residenciada en Chacopata, Calle Atanasio Romero en jurisdicción del Municipio Cruz Salieron Acosta del Estado Sucre; por ante la Comisaría Municipal No. 23, Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, con sede en Araya, motivado a que los hechos denunciados por la victima no revisten carácter penal; ello en virtud de la solicitud presentada ante este Juzgado por la Abogada MARIUSKA GABALDON ROJAS, actuando en su carácter de Fiscal Séptima del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucr.....