CONDENA a el ciudadano David Jose Mata Mata, venezolano, natural de Cumaná, titular de la cédula de identidad N° 23.582.786, de 25 años de edad, nacido en fecha 02/04/1990, de estado civil soltero, de profesión u oficio pollero, hijo de los ciudadanos Juan Bardes y Carmen Mata, teléfono 0416-8814730, y residenciado en el barrio San José, frente a la Clínica Oriente, casa N° 30, Cumaná, Estado Sucre; a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y OCHOS (08) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias del artículo 16 del Código Penal; por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Jose Gregorio Rivas Rodríguez; todo, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal; pena esta que terminará de cumplir aproximadamente en fecha 12/07/2022. Se mantiene la medida privativa de libertad. Quedan las partes notificadas de la presente decisión en esta misma sala, conforme lo dispone el artícu.....