En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEl MUNICIPIO BERMUDEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: YSMARY TERESA GONZÁLEZ y DOMINGO RAMÓN MATA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 12.529.492 y V- 9.459.345, respectivamente y de este domicilio, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio ILLICH ALVAREZ RAMÍREZ, e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 110.305 y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Catalina del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha 02 de Enero del año 1.990.-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, remítase bajo oficio, copia certi.....