En atención al razonamiento antes expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara de Oficio la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del artículo 267 eiusdem, con los efectos señalados en el artículo 271 del mismo Código adjetivo, en el juicio que por ACCION MERODECLARATIVA, incoada por la Ciudadana LORENZA DEL CARMEN PATIÑO, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-542.181, domiciliada en la Urbanización Cumanagoto II, Vereda 06, Casa Nº 67, Parroquia Ayacucho, de la Ciudad de Cumaná del Estado, debidamente asistida por el Abogado en Ejercicio EDGAR JOSE VALLEJO JIMENEZ, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.206, contra los ciudadanos NEIDA DEL VALLE PATIÑO, NOHELIA JESUS.....