JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO
CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL
PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
202° y 153°
SENTENCIA NRO 54- 2012-I
EXPEDIENTE No: 09694
MOTIVO: ACCION MERO DECLARATIVA
PARTE DEMANDANTE: LORENZA DEL CARMEN PATIÑO
PARTE DEMANDADA NEIDA DEL VALLE PATIÑO, NOHELIA JESUS PATIÑO, HECTOR JOSÉ PATIÑO, REINA DEL VALLE PATIÑO, ELIA ROSA PATIÑO, AGUSTIN RAFAEL PATIÑO, CARLOS JULIO CUMANÁ, FRANCYS COROMOTO CUMANA y JOSE LUIS CUMANA.
En fecha diecisiete de octubre del año dos mil ocho (17/10/2008), se recibió por distribución la presente demanda, motivado a ACCION MERODECLARATIVA, incoada por la Ciudadana LORENZA DEL CARMEN PATIÑO, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-542.181, domiciliada en la Urbanización Cumanagoto II, Vereda 06, Casa Nº 67, Parroquia Ayacucho, de la Ciudad de Cumaná del Estado, debidamente asistida por el Abogado en Ejercicio EDGAR JOSE VALLEJO JIMENEZ, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.206, contra los ciudadanos NEIDA DEL VALLE PATIÑO, NOHELIA JESUS PATIÑO, HECTOR JOSÉ PATIÑO, REINA DEL VALLE PATIÑO, ELIA ROSA PATIÑO, AGUSTIN RAFAEL PATIÑO, CARLOS JULIO CUMANÁ, FRANCYS COROMOTO CUMANA y JOSE LUIS CUMANA, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de la cédula de identidad Números V-4.189.606, V-5.075.643, V-5.083.649, V-5.702.493, V-5.702.704, V-8.435.991, V-9.287.608, V-9.979.262 y V-11.380.458, respectivamente, y domiciliados todos en esta Ciudad de Cumaná, Municipio Sucre.
En fecha 11 de noviembre de 2008, se le dio entrada a la presente demanda bajo el expediente N° 09694.
Por cuanto el Tribunal evidencia de los autos, que la última actuación procesal en el caso de marras fue realizada el 06 de Abril de 2011, la cual corre inserta al folio 163, es fácil deducir para quien suscribe sentencia, que ha transcurrido más de un año desde la última actuación procesal hasta la presente fecha, en consecuencia, ha operado la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código DE PROCEDIMIENTO CIVIL, el cual es del siguiente tenor:
“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención....”.
(Negrillas del Tribunal).
En atención al razonamiento antes expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara de Oficio la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del artículo 267 eiusdem, con los efectos señalados en el artículo 271 del mismo Código adjetivo, en el juicio que por ACCION MERODECLARATIVA, incoada por la Ciudadana LORENZA DEL CARMEN PATIÑO, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-542.181, domiciliada en la Urbanización Cumanagoto II, Vereda 06, Casa Nº 67, Parroquia Ayacucho, de la Ciudad de Cumaná del Estado, debidamente asistida por el Abogado en Ejercicio EDGAR JOSE VALLEJO JIMENEZ, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.206, contra los ciudadanos NEIDA DEL VALLE PATIÑO, NOHELIA JESUS PATIÑO, HECTOR JOSÉ PATIÑO, REINA DEL VALLE PATIÑO, ELIA ROSA PATIÑO, AGUSTIN RAFAEL PATIÑO, CARLOS JULIO CUMANÁ, FRANCYS COROMOTO CUMANA y JOSE LUIS CUMANA, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de la cédula de identidad Números V-4.189.606, V-5.075.643, V-5.083.649, V-5.702.493, V-5.702.704, V-8.435.991, V-9.287.608, V-9.979.262 y V-11.380.458, respectivamente, y domiciliados todos en esta Ciudad de Cumaná, Municipio Sucre. ASÍ SE DECIDE.
No hay condenatoria en COSTAS PROCESALES de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL.
Publíquese y Regístrese, déjese copia certificada, publíquese en la página Web de este Tribunal.
Dado, firmado y sellado, en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, en Cumaná a los 16 días del mes de Julio del año 2012. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
Jueza,
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DRA. INGRID BARRETO DE ARCIA
Secretaria Titular,
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ABG. ISMEIDA B. LUNA TINEO
NOTA: En esta misma fecha 16 días del mes de Julio del 2012, siendo las (2:00 p.m.), previo cumplimiento de las formalidades de ley, se publicó y registró la anterior sentencia Interlocutoria.
Secretaria Titular
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ABG. ISMEIDA B. LUNA TINEO
IBdeA/ilt/dv
EXP. N° 09694
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