En consecuencia y visto que es requisito indispensable que al penado no haya cometido algún delito o falta, sometida a procedimiento jurisdiccional durante el cumplimiento de la pena, para que el juez a la hora de otorgar la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Libertad Condicional, pueda conceder la misma; este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, fundamentándose en lo previsto en el artículo 479 numeral 1° en relación con los artículos 510 del Código Orgánico Procesal Penal, NIEGA el otorgamiento de la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Libertad Condicional, al Penado Carlos Alexis Malave, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, nacido el 28-04-77, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.717.804, hijo de Desiderio González y Eugenia Josefina Malavé, y residenciado.....