En consecuencia, por los razonamientos anteriormente esgrimidos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la Apelación interpuesta por el Abogado Víctor Díaz, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.150, en su carácter de Apoderado Judicial de la Empresa Seguros Caracas de Liberty Mutual, C.A., contra la Sentencia Interlocutoria dictada por el Juzgado de Municipio del Municipio Valdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre en fecha 18 de Abril de 2012, mediante la cual fue declarada no procedente la reposición de la causa.
Queda así confirmada en todas sus partes dicha Sentencia.-
Se condena en costas al recurrente, de conformidad con lo indicado en los Artículos 276 y 281 del Código de Procedi.....