este TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA, ANTONIO BAUTISTA RONDON RIVAS, venezolano, edad 56 años, C.I N° V-4.687.362, casado, fecha de nacimiento 13-06-52, hijo Pedro Rondòn y Juana Rivas, residenciado Mariguitar, Calle Bolívar Casa 89, frente al liceo Jesús Marcano Echesuría, Estado Sucre, A CUMPLIR LA PENA DE DOS (02) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN por la comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO tipificado y penado en el artículo 275 del Código Penal y el delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR tipificado y penado en el artículo 03 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos más las accesorias del artículo 16 del Código Penal; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, se establece como fecha provisional en que la presente pena concluirá aproximadamen.....