DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expresadas, este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud realizada por la ABG. CARMEN ELENA RONDÓN, en su condición de Fiscal Sexta del Ministerio Público, y en consecuencia, se decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor del ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx en la causa seguida por la presunta comisión de los delitos de LESIONES LEVES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto en el artículo 416 del Código Penal, en relación con el artículo 424 eiusdem, en perjuicio de la ciudadana xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx DAÑOS A LA PROPIEDAD, previsto en el artículo 473 numeral 3 del Código Penal, en perjuicio del MINISTERIO PÚBLICO, y ALTERACIÓN AL ORDEN PÚBLICO, previsto en el artículo 216 del Código Penal, en perjuicio del Estado Ve.....