Por lo tanto, como el error argüido está probado en autos, por la copia certificada valorada, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCIÓN, incoada por la ciudadana AURA MATA DE NUÑEZ, por lo que en la acta de Defunción de su conyugue DONDE DICE: "AUURA" debe escribirse "AURA".