Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 105 del código penal, en relación con el artículo 496 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA, la extinción de la Pena impuesta al penado Ramón José Urbina Rodríguez, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.554.954, natural de Carúpano, hijo de Livia Rodríguez y de Padre Desconocido, de profesión u oficio Indefinida, residenciado en el Barrio El Tigre, casa s/n, Carúpano, Estado Sucre, quien fuera condenado a cumplir la pena de Cuatro (04) Años De Prisión, por la comisión del Delito De Robo Generico, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, por cumplimiento definitivo de la pena impuesta.