Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la acción de DIVORCIO intentada por el ciudadano JOSÉ GREGORIO FALCÓN TINEO contra la ciudadana MARÍA MARVAL LOZADA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 13.275.076 y 12.529.371, respectivamente; en consecuencia, quedan disueltos por divorcio en base al Artículo 185 causal 2ª del Código Civil. Y ASÍ SE ESTABLECE-