Por lo anteriormente señalado este Tribunal de Primera Instancias en Funciones de Juicio del Sistema de Responsabilidad de este circuito judicial penal del estado sucre, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara interrumpido el presente juicio seguido al adolescente XXXXXXXXX, venezolano, de 17 años de edad, titular de la Cédula de Identidad XXXXXX, natural de Cariaco, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, nacido en fecha 06/05/1994, de profesión u oficio pescador, hijo de XXXXXXXX y XXXXXXX (f), residenciado en la XXXXXXXXX; en la causa seguida por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto en el artículo 406 Numeral 1ro en relación con el Articulo 83 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ALEJANDRO JOSÉ LOAIZA (occiso).
Por lo que visto que en el presente caso se dan los supuestos de ley, considerando, quien aquí suscribe, que lo más ajustado.....