REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio Secc.Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 16 de Mayo de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2012-000109
ASUNTO : RP01-D-2012-000109


RESOLUCION QUE DECLARA LA INTERRUPCIÓN DEL DEBATE ORAL.

Vista el acta levantada el día 14/05/2013, en la presente causa identificada RP01-D-2012-000109, en la cual se acordó la interrupción del debate oral y privado en la causa seguida al adolescente XXXXXXX, venezolano, de 17 años de edad, titular de la Cédula de Identidad XXXXXX, natural de Cariaco, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, nacido en fecha 06/05/1994, de profesión u oficio pescador, hijo de XXXXX y XXXXX (f), residenciado en XXXXXXXX; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto en el artículo 406 Numeral 1ro en relación con el Articulo 83 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ALEJANDRO JOSÉ LOAIZA (occiso). Este tribunal de conformidad con el artículo 588 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes antes de decidir observa:
PRIMERO: En fecha 20/03/2013, se dio inicio al juicio oral y reservado seguido al acusado XXXXXXXXX, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto en el artículo 406 Numeral 1ro en relación con el Articulo 83 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ALEJANDRO JOSÉ LOAIZA (occiso), procediendo su continuación para el día 01/04/2013.
SEGUNDO: En fecha 01/04/2013, cursante a los (folios 239 al 240 de la 2da pieza), oportunidad para la continuación, se abrió el proceso de recepción de los medios de prueba, incorporándose por su lectura la inspección técnica 051 de fecha 21/02/2012, suscrita por los funcionarios CASTILLO YULEIDYS y HERNANDEZ CARLOS. En vista que no comparecieron otros medios de pruebas se procedió a suspenderse, fijando nueva oportunidad para su continuación para el día 09/04/2013.
TERCERO: En fecha 09/04/2013, cursante al (folio 254 de la 2da pieza), oportunidad para la continuación al proceso de recepción de los medios de prueba, no compareció el acusado de autos, En vista de la no comparecieron se procedió a suspenderse, fijando nueva oportunidad para su continuación para el día 15/04/2013.
CUARTO: En fecha 15/04/2013, cursante al (folio 261 de la 2da pieza), oportunidad para dar continuación al Juicio Oral, oportunidad para la continuación al proceso de recepción de los medios de prueba, no compareció el acusado de autos, y vista la imposibilidad de realizar el presente acto, se acordó suspender y fijar nueva oportunidad para el día 16/04/2013.
QUINTO: En fecha 16/04/2013, cursante a los (folios 270 al 272 de la 2da pieza), oportunidad para la continuación, compareció el experto CARLOS ALBERTO HERNANDEZ, En vista que no comparecieron otros medios de pruebas se procedió a suspenderse, fijando nueva oportunidad para su continuación para el día 29/04/2013.
SEXTO: En fecha 29/04/2013, cursante a los (folios 306 al 307 de la 2da pieza), oportunidad para la continuación, se abrió el proceso de recepción de los medios de prueba, incorporándose por su lectura la inspección técnica 052 de fecha 21/02/2012, suscrita por los funcionarios CASTILLO YULEIDYS y HERNANDEZ CARLOS. En vista que no comparecieron otros medios de pruebas se procedió a suspenderse, fijando nueva oportunidad para su continuación para el día 08/05/2013.
SEPTIMO: En fecha 08/05/2013, cursante al (folio 11 de la 3ra pieza), oportunidad para dar continuación al Juicio Oral, y continuación al proceso de recepción de los medios de prueba, observando este Tribunal, la incomparecencia del ministerio publico, y del acusado, por no haberse realizado el traslado, en vista de la imposibilidad de realizar el presente acto, se acordó suspender y fijar nueva oportunidad para el día 13/05/2013.
OCTAVO: En fecha 13/05/2013, cursante al (folio 24 de la 3ra pieza), siendo la oportunidad de la continuación del presente Juicio Oral, y continuación al proceso de recepción de los medios de prueba, no compareció el acusado, por no haberse realizado el traslado, en vista de la imposibilidad de realizar el presente acto, se acordó suspender y fijar nueva oportunidad para el día 14/05/2013.
NOVENO: En fecha 14/05/2013, cursante a los (folios 36 al 37 de la 3ra pieza), siendo oportunidad de la continuación del Juicio Oral, y continuación al proceso de recepción de los medios de prueba, no compareció el acusado de autos, no efectuándose el traslado del acusado de autos, solicitando el derecho de palabra la defensora publica quien solicito a este Tribunal de conformidad con el articulo 588 Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la interrupción del presente juicio, toda vez que ha transcurrido mas del tiempo establecido en dicho articulo sin que se haya reanudado el presente juicio.-
Igualmente solicito el derecho de palabra la fiscal del ministerio publico, quien le solicito al Tribunal que hiciera una revisión de la presente causa, a los fines de verificar si ciertamente se cumple con lo establecido en el articulo 588 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.-

PRECEPTOS JURIDICOS.

Este Tribunal de Juicio Penal Adolescentes, visto la solicitud presentada por la defensa publica y el ministerio publico, en este acto, y observando que evidentemente ha sido imposible reanudar el presente juicio hasta la presente fecha considera, quien aquí suscribe, que los continuos diferimientos, por incomparecencia del acusado, ha sido imposible reanudar el presente debate, siendo que el día de hoy, es el día numero 10, para poder reanudar dicho debate, y visto su imposibilidad de realizarlo, este Tribunal de Juicio penal Adolescentes, acordó declarar la interrupción del Juicio oral y reservado en contra del adolescente XXXXXXXXX, de conformidad con el articulo 588 Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en atenencia de los artículos 543 y 654 en su literal “K” de la misma ley.

DISPOSITIVA

Por lo anteriormente señalado este Tribunal de Primera Instancias en Funciones de Juicio del Sistema de Responsabilidad de este circuito judicial penal del estado sucre, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara interrumpido el presente juicio seguido al adolescente XXXXXXXXX, venezolano, de 17 años de edad, titular de la Cédula de Identidad XXXXXX, natural de Cariaco, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, nacido en fecha 06/05/1994, de profesión u oficio pescador, hijo de XXXXXXXX y XXXXXXX (f), residenciado en la XXXXXXXXX; en la causa seguida por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto en el artículo 406 Numeral 1ro en relación con el Articulo 83 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ALEJANDRO JOSÉ LOAIZA (occiso).
Por lo que visto que en el presente caso se dan los supuestos de ley, considerando, quien aquí suscribe, que lo más ajustado e indicado a derecho es declarar formalmente interrumpido el debate de conformidad con el artículo 588 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, en concordancia con los artículos 543 y 654 en su literal “K” de la misma ley. Fijándose nueva oportunita para su inicio, y así se declara. Se ordena al funcionario encargado Jefe de la División de los Servicios Judiciales, para incluir las dediciones dictada por este despacho en la pagina web del Tribunal Supremo de Justicia, y vele por que no se vulneren los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, que pudieran figurar ya sean en calidad de victima o acusado mediante publicación de su identidad, ellos de conformidad con lo previsto en los artículos 65 y 545 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y articulo 60 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Las partes quedaron notificadas de la presente decisión. Notifíquese al acusado de autos. CUMPLASE.-

ABG. JOSE RAMON HERNANDEZ GIL.-
JUEZ DE JUICIO PENAL ADOLESCENTES.-
Secretaria.-
Abg. Rosario Márquez.-