En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función Primero de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescentes, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda otorgar la libertad sin restricciones de los XXXXXXXXXXXXX quienes se les inició la presente averiguación por su presunta participación en el delito RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. Se deja constancia que los adolescentes salen en libertad desde la misma sala de audiencias en perfecto estado físico.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL. SECCIÓN ADOLESCENTES,
ABG. GILBERTO FIGUEROA RIVERO