Este Trbunal ACUERDA lo solicitado por la Representación Fiscal de incinerar la sustancia incautada en virtud de que cuando las sustancias ilícitas no tengan uso terapéutico conocido, conforme a los resultados que arroje la experticia previamente ordenada, es por lo que se considera pertinente prescindir de la notificación a la Dirección de Drogas, Medicamentos y Cosméticos del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, de conformidad con lo establecido en los artículos señalados ut supra. Observándose que consta al folio ciento sesenta y siete (167) experticia química de fecha 06-03-2006, arrojo como resultado que la sustancia incautada en el procedimiento es Marihuana. Así se decide. Notifíquese de esta decisión a la Fiscal solicitante y a la defensa. Líbrese oficio remitiendo el presente asunto a la Fiscalia undécima del Ministerio Publico. Cúmplase.
El Juez Tercero de Control,
La Secretaria,
Abg. JOSE ALEJANDRO ALCALA
Abg. Sonia Alfaro
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