ACUERDA LA REDENCIÓN JUDICIAL por el Trabajo y el Estudio del Tiempo Laborado por el Condenado GOMEZ ARCAS JESUS BAUTISTA, plenamente identificado, de UN (01) AÑO SEIS (06) MESES Y TRES (03) DÍAS voluntariamente dentro del Internado Judicial y manteniendo Buena Conducta; y en consecuencia se REDIME el referido Tiempo Laborado en el Término de NUEVE (09) MESES UN (01) DIAS Y DOCE (12) HORAS que sumado a la Pena Efectivamente Cumplida, antes calculada, de SEIS (06) AÑOS, DOS (02) MESES Y SIETE (07) DÍAS DE PRESIDIO, resulta la Pena Real Total Cumplida de SEIS (06) AÑOS, ONCE (11) MESES , OCHO (08) DÍAS Y DOCE (12) HORAS DE PRESIDIO, que descontada de la pena que le fue impuesta, VEINTE AÑOS DE PRESIDIO, da como resultado la Pena que le Falta por Cumplir a esta fecha de TRECE (13) AÑOS, VENTIUN (21)) DÍAS Y DOCE (12) HORAS DE PRESIDIO, que vencerá a las doce del mediodía del día 07 de Junio de 2018. Todo de conformidad con el contenido de los artículos 2 y 3 de la Ley .....