Es por todo lo antes expuesto este Juzgado Segundo de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley estima procedente y ajustado a derecho ACORDAR LA MEDIDA DE PROTECCIÓN solicitada a favor de la ciudadana por MIRIAN DEL VALLE REYES MUJICA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad V-13.729.323; de 29 años de edad; estado Civil Concubinato; profesión Promotora Social, residenciada en Macarapana Sector la "Rinconada", parte alta, Calle Principal, Casa 41, de color rosado fluorescente con listas verdes, atrás de la Capilla Virgen del Valle, Parroquia Macarapana, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, teléfonos 0414-781.57.62 y 0294 - 511.44.31; a fin de garantizar su integridad física y de su grupo Familiar, oportuna participación en el proceso penal y la misma consiste en recorridos policiales permanentes y visitas a su residencia, de conformidad con el artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia.....