DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano MANUEL DEL JESÙS MILLÀN, venezolano, de 45 años de edad, nacido en fecha 25-12-1966, de estado civil casado, taxista, titular de la cédula de identidad Nº 6.454.407, hijo de Eusebio García (difunto) y Victoria Millàn, residenciado en: La Lagunita, Tercera entrada, a una cuadra de la capilla San Martín. Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÌCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE FRUSTRACIÒN COMO COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 de la Ley de hurto y Robo de Vehículo, en relación con el artículo 83 del Código Penal, HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÒN EN LA EJECUCIÒN DE UN ROBO EN GRADO DE COOPERA.....