este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y haciendo uso de la facultades que le confiere el artículo 647, literal H de la LOPNA decreta la CESACION DE LA SANCION impuesta al ciudadano: , venezolano, nacido el , de años de edad, titular de la cédula de identidad No. V- y domiciliado en la de esta ciudad, por la comisión del delito de Robo agravado en perjuicio de , en consecuencia se ordena fijar audiencia para el día 30-03-06 a las 9;00 am a los fines de imponer al sancionado de la presente decisión, oficiar al SAPME a fin de informarle sobre el cese de la sanción al mencionado adolescente