Seguidamente el Tribunal en vista de que no existe ningún impedimento para llevar a cabo la presente medida, declara en este acto judicialmente secuestrado el inmueble antes descrito y procede a hacer entrega al Depositario judicial designado por el Tribunal comitente, ciudadano: William Marín, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad: N° 10.223.405, del inmueble Secuestrado Judicialmente en este acto