Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, del Trabajo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena REPONER la causa al estado de practicar nueva citación de los demandados, que deberá practicarse siguiendo el procedimiento establecido en la presente Sentencia.