Por todos los Razonamientos de Hecho y de derecho anteriormente expuestos, Este tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, de conformidad con lo previsto en el artículo 49 ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal , administrando justicia, En Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta, la Extinción de la pena de Dos (2) Años y Cuatro (4) Meses de Prisión que le fuera impuesta Luis Rene Báez Calzadilla venezolano, Mayor de edad, de profesión u oficio Pescador, titular de la Cedula de Identidad Nº 20.565.400 ...