Por los motivos antes expresados, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el Abogado Wilfredo José León Espinoza, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.135.281, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 10.177, apoderado Judicial del Ciudadano Ousama Jamil Hojeij, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 23.733.746, contra la sentencia definitiva de fecha 31 de Enero de 2017, dictada en el presente juicio por el Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
SEGUNDO: CON LUGAR, la demanda que por desalojo incoara el Ciudadano Juan Qui.....