DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, al adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXpor la presunta comisión de los delitos de LESIONES LEVES EN RIÑA, previsto en el artículo 416 en relación con el artículo 425 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX; y el delito de LESIONES GENÉRICAS EN RIÑA, previsto en el artículo 413 en concordancia con el artículo 425, ambos, del Código Penal, en perjuicio del ciudadano XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX; conforme a lo previsto en el artículo 582, literales "C" y "F" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; consistentes en presentarse cada quince (15) días por ante el comando policial de Cumanacoa; y .....