En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA el Titulo Supletorio solicitado por el ciudadano JULIO CESAR ESTABA ZAPATA, titular de la cédula de identidad N° 2.666.274 sobre el vehículo automotor que posee las siguientes características: Clase: AUTOMOVIL; Marca: CHEVROLET; Tipo: SEDAN; Modelo: NOVA; Año: 1.974; Color: VERDE; Placa: 597-041; Serial Motor: CHV218177; Serial Carrocería: 1X69DDV107948; Uso: ALQUILER POR PUESTO.-.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo