este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sobre la base de los artículos 250 y 230 del Código Orgánico Procesal Penal a solicitud de parte, revisa la medida de coerción personal impuesta y DECLARA SIN LUGAR la solicitud planteada por los abogados MONICA CANDEL PALACIOS Y EVELIO QUINTERO JINMENEZ, en su carácter de Defensores Privados del acusado VICTOR JAVIER RAMIREZ, venezolano, titular de la cedula de identidad 11.500.173, de profesión u oficio: Comerciante, hijo de: Victoriano Ramírez y Carmen Marina Roa y residenciado en: 1. Detrás del Hospital Funda Hosta, Tariba San Cristóbal, 2. Palmira, Sector Pueblo Chiquito, casa B-12, Estado Táchira, a quien se le sigue asunto penal por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el encabezamiento del articulo .....