Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana Abg. PAOLA DI BISCEGLIE, Defensora Pública Auxiliar Cuarta, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, actuando en este como Defensora del ciudadano YASMIL YOILAN MEDINA PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.572.530, en contra de la decisión dictada en fecha 26 de Noviembre de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná; mediante la cual decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del ciudadano YSAMIL YOILAN MEDINA PEREZ, por encontrarse presuntamente incurso en la comisión de los delitos TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sa.....