ACUERDA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx por la presunta comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio de la COLECTIVIDAD. Conforme al articulo 582 literal "B" de la LOPNNA, es decir: queda obligado a someterse al cuidado y vigilancia de una persona o institución, determinada que informara regularmente al tribunal, (de la tía del Adolescente, ciudadana xxxxxxxxxxxxxxxx, por la presunta comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 153 de La ley Orgánica de Drogas, delito cometido en perjuicio de La Colectividad. Se otorga la libertad del imputado de autos desde la Sala de Audiencias, dejándose constancia que el mismo se retira en perfecto estado de salud física. La presente decisión, tiene su fundamento legal en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bol.....