en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la Detención Judicial Preventiva de Libertad del adolescente XXXXXXXXXXXXXXXX,a quien se le inicio investigación por estar presuntamente incurso en el delitos CONTRA LA PROPIEDAD, previsto y sancionado en los Articulos 458 del Código Penal en concordancia con el artículo 83 de la citada Ley respectivamente y articulo 5 de la Ley sobre hurto y robo de vehículo automotor en concordancia con los ordinales 1°, 2°, 3° y 8° del artículo 6 ejusdem, cometido en perjuicio del ciudadano XXXXXXXXXXXX, conforme al artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerda la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, a los fines que continúe con las investigaciones. Se acuerda proseguir la causa por el procedimiento ordinario.