DISPOSITIVO
Por lo antes expuesto, en fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado sentadas, este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE con sede en la ciudad Cumana capital del Estado Sucre, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: Competente para conocer el recurso de apelación.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido JOSÉ PORFIRIO BORREGO, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº V-5.488.089, representado por el profesional del derecho DOMINGO JOSÉ TORRES, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 39.689, contra la decisión dictada en fecha dieciséis (16) de octubre de 2025, por el Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la cual declaró INADMISIBLE la demanda por ACCIÓN DE PARTICIÓN DE BIENES HEREDITARIOS intentada p.....