DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano BENIGNO JOSE RONDON LICONTE, venezolano, natural de Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad Número V- 14.174.969, nacido en fecha 13-02-1.975, de 38 años de edad, soltero, agricultor, domiciliado en: Sector la Horquetica, casa N º 07, Municipio Cajigal del Estado Sucre, por estar incurso en la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE ESPECIES DEL PATRIMONIO FORESTAL, previsto y sancionado en el articulo 71 de la ley Penal del Ambiente, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO; en virtud de haber cumplido con las condiciones impuestas por este tribunal y verificada las condiciones impuestas, de conformidad con lo establecido en el articulo 300 numeral 3 en relación con el artículo 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal.