Por las consideraciones de hecho y de derecho antes descritas este Tribunal del Municipio Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, con sede en Casanay, que Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Demanda por Fijación de Obligación de Manutención, de conformidad con el Artículo 511 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, intentada por la ciudadana EDDYMAR JOSÉ SÁNCHEZ MORENO, actuando en nombre y representación de sus menores hijas, las niñas "se omiten los nombres de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes", en contra del ciudadano NILDANYS JOSÉ SÁNCHEZ LÓPEZ, en su condición de padre y Obligado en Manutención de las nombradas niñas, en consecuencia se acuerda:
Se fija como cuota ordinaria por concepto de Obligación de Manute.....