Por lo antes expuesto, y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el Abogado Héctor Velásquez Márquez, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.857.114, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.141, contra la sentencia definitiva dictada en el presente juicio en fecha 11 de Octubre de 2017, por el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios, Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.-
SEGUNDO: Procedentes las excepciones de fondo opuestas por la parte demandada, ciudadano Héctor José Gonzál.....