DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, en contra de ANGEL WLADIMIR MARIN OSUNA, venezolano, natural de Guaca, de 24 años de edad, nacido en fecha 13-09-1989, titular de la Cedula de Identidad, V-18.917.512, soltero, de profesión u oficio Pescador, hijo de Isaias Marín y Tineo Osuna, residenciado en la Calle Bolívar, de Guaca, casa S/N, cerca del Liceo, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de: PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado el artículo 112 de la Ley para el Desrame y Control de Armas y Municiones, perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, Consistente en presentaciones periódicas cada quince (15) Días por el lapso de ocho (08) Meses por ante La Unidad De Alguacilazgo Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, Extensión Carúpano, de conformidad con el articulo 242 ordinal 3 del Có.....