Por lo antes expuestos este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley. En aras de garantizar la Justicia y el debido Proceso ACUERDA dejar sin efecto ORDEN DE APREHENSION, en contra del Ciudadano ASUNCIÓN ADIER TORRES, dictada por este Tribunal, según Oficio N° 2521, de fecha 16 de Julio del año 2003, por el delito Robo Agravado. Así mismo Oficio N° RJ110F02008003159, de fecha 27 de Marzo del año 2008, y Oficio N Oficio N° RJ110F02009003810, de fecha 20 de Mayo del año 2009, respectivamente. En Consecuencia líbrese oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas sub. Delegación Carúpano, y Guiria, a los fines de dejar sin efecto Orden de aprehensión dictada por este tribunal, en contra del ciudadano EDIEL TORRES ASUNCION. Líbrese los oficios respectivos, y Notifíquese. Cúmplase.-
La Juez Segundo de .....