DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; en este estado del proceso, a solicitud de las partes y considerando que no están llenos los extremos que la Ley establecidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal para imponer medidas de coerción personal, sobre la base del artículo 243 del Código Orgánico Procesal Penal y 44 ordinal 1ero de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ACUERDA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor del ciudadano JOSE RAFAEL SOTILLO venezolano, 31 años de edad, nacido en fecha 11-12-1975 titular de la cédula de identidad N° 16893634, de estado civil soltero, de profesión, obrero, residenciado en Campo claro casa S/N, Municipio Mariño del Estado Sucre. por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo.....