Por las razones anteriormente señaladas este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano HUGO BLANCO RODRIGUEZ contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, el día 12 del mes de mayo de 1999 en el presente juicio. SEGUNDO: Se REVOCA la mencionada sentencia y se declara CON LUGAR la demanda, que por PRESCRIPCION ADQUISITIVA interpuso, el ciudadano HUGO BLANCO RODRIGUEZ contra los herederos desconocidos de JOSE ANTONIO RAMOS, sobre un terreno alinderado así: NORTE: En CUATRO MIL TRESCIENTOS CUATRO METROS (4.304 Mts.) con el lote "A" de "CAMAC.....