DECISION
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este declarando este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción judicial del estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: CON LUGAR, la defensa de la prescripción de la acción opuesta por la parte accionada.
SEGUNDFO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano: JOSE ANTONIO VISAEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 6.121.676 en contra de las demandada: INVERSIONES LOS CAOBOS, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, len fecha 07-01-2000, bajo el Nº 02, Tomo A-1.
TERCERO: No hay condenatoria en costas del proceso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese y Regístrese. Déjese.....