Visto el escrito presentado por la ciudadana: DOMINGA DOMITILA GONZALEZ, plenamente identificada en autos, debidamente asistida del Abogado en ejercicio: JOSE LUIS MEDINA SUCRE, en la cual manifestó renunciar a las Testimoniales que fueron promovidos en el escrito de Pruebas; este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento solicitado.- Y así se decide.-