Con base a todo lo antes expuesto este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A interpuesta conjuntamente por los ciudadanos: YAREXNI YASMIN DIMAS JIMENEZ y RUBEN ANTONIO PATIÑO, venezolanos, mayores de edad, Cónyuges entre si, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.659.360 y V-12.661.934, respectivamente con domicilio la primera de los mencionados en la Llanada, Sector 2, Vda. 17, Nº 3, jurisdicción de la Parroquia Altagracia, del Municipio Sucre del Estado Sucre y el Segundo en la Llanada, Sector 1, Av. 3, Nº 8, Jurisdicción de la Parroquia Altagracia del Municipio Sucre del estado Sucre; debidamente asistidos por la Abogado en ejercicio INES MERCEDES MEJIAS MARCANO y de este domicilio, inscrito en el IPSA bajo el Nº 123.062; y por consiguiente, declara Disuelto el Vínculo Matrimonial contraído en fecha Veintiocho (28) de Diciembre de Mil Noveci.....