Privación Judicial Preventiva de Libertad del imputado Eduardo Antonio Ascanio Yánez, venezolano, soltero, de 24 años de edad, nacido en Caracas, Distrito Capital, en fecha 07-12-1980, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.412.072, de profesión u oficio trabajo de la construcción, hijo de Regina Yánez y Efraín Ascanio y domiciliado en Patucutal Abajo, casa s/n, Río Caribe Municipio Arismendi, por la presunta comisión del delito de violación previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal, en perjuicio de la menor Maria Alejandra Natera Fernández, en virtud que estamos en presencia de un hecho punible, como es el delito de violación, tal como lo establece el artículo 374 en su encabezamiento, primer aparte y ordinal 1ero. ordinal del Código Penal, el cual merece pena privativa de libertad que es de quince (15) a veinte (20) años de prisión, cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, existiendo suficientes elementos de convicción para estimar que es el au.....