este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar lo solicitado por la Defensa y sin lugar la solicitud del representante del Ministerio Público; en tal sentido, REVISA Y SE SUSTITUYE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD impuesta al adolescente XXXXXXXXXXXXXXXX, venezolano, de XX años de edad, nacido el XXXXX, hijo de XXXXXXXXXX y XXXXXXX titular de la Cédula de Identidad N° XXXXXXXXXXX, residenciado en el Sector XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX; quien fue sancionado a cumplir la medida de tres (03) años de privación de libertad, por su participación en el delito de homicidio intencional calificado en grado de complicidad correspectiva, previsto en el artículo 408 en concordancia con el artículo 83 ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Domingo Mota Jaramillo, sanción que el .....