Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA INHIBICIÓN, planteada por la abogada MARTHA ELENA CÉSPEDES HERNÁNDEZ, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 5.661.886, actuando con el carácter de Jueza Cuarta de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, de conocer la causa N° RP01-P-2010-000916, seguida a los acusados ÁLVARO ENRÍQUE BONILLA, CARLOS JOSÉ CARMONA, JESÚS MANUEL MOREY LEZAMA, LUIS JOSÉ MARTÍNEZ SALAZAR, LUIS RAÚL MUÑOZ FRONTADO, ANTONIO JOSÉ MEZA PÉREZ, JOSÉ GREGORIO QUINTERO ROJAS, ELVIS ALEXANDER SERRANO REYES y ELIO MICHELL ZACARIAS IDRIAGO, por la comisión del delito de TRÁFICO ILICÍTO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR en perjuicio de LA COLECTIVIDA.....