Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de este Circuito y Circunscripción Judicial, con Sede en esta misma Ciudad, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y siendo la Oportunidad Procesal Debida, Conociendo en este Acto en Consulta el Fallo que viene del Tribunal A Quo, Declara:
Primero: AJUSTADA A DERECHO la Sentencia Consultada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario de este Circuito y Circunscripción Judicial, con Sede en esta misma Ciudad, Dictada en Fecha 29 de Octubre de 2009; por lo que Queda Firme la INTERDICCIÓN CIVIL de la Ciudadana YUSMELLYS JOSÉ MUNDARÁIN MILLÁN, Venezolana, Mayor de Edad, de este Domicilio y Titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.635.074.
Segundo: CONFIRMADA la Ciudadana ESEQUIELA DEL CARMEN MILLÁN DE GÓMEZ, Venezolana, May.....