en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la inmediata libertad desde la sala de audiencias del referido ciudadano Juan Carlos Marcano Gómez, titular de la Cédula de Identidad N° 12.636.662, fecha de nacimiento 15-05-76 y residenciado en la calle Principal la Jungla, Casa N° 27, detrás de la empresa Prollosa, Municipio Pedro Zaraza, Estado Guárico, por lo que en tal sentido se ordena oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas a objeto de que se sirva dejar sin efecto las ordenes de aprehensión existente por los asuntos RP11-S-2003-00578 y RP11-S-2004-001816 vista la solicitud fiscal. Se ordena oficiar al Tribunal Primero de Control a lo fines de hacer de su conocimiento de la presente decisión y se acuerda remitirle de manera inmediata las presentes actuaciones. Líbrese la boleta de libertad correspondiente anexa a oficio al Comandante de Policía de esta Ciudad. De conformidad con el artículo 175 del Código Or.....