Las pruebas presentadas en un proceso tienen como finalidad fijar los hechos alegados por las partes para convencer al Juez de la realización de los mismos y de esta manera satisfacer conforme a derecho las pretensiones de las partes; lo que conlleva a que las mismas sean necesariamente pertinentes, esto es, que entre ellas y lo controvertido haya concordancia lógica, de manera tal que exista afinidad entre el objeto fáctico de la prueba y el objeto de la acción o recurso.
A este respecto las prueba documentales y testimoniales, no son un medio de prueba excepcional que pueda proponerse en una oportunidad diferente al lapso probatorio, como la inspección extrajudicial, por lo que cuando se trata de solicitud a instancia de parte debe ser promovida en el lapso de promoción de pruebas, debiendo señalar con claridad y precisión, los hechos controvertidos sobre los cuales deberá recaer la actividad probatoria del operador de justicia, vale decir, señalando los particulares donde se esp.....