En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONVERSION en divorcio de la SEPARACION DE CUERPOS de los ciudadanos: LUISA ELENA GOMEZ DURAN y ANDRES ALBERTO GONZALEZ JARABA quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-12.662.328 y V- 24.129.970, respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio, JORGE JESUS RAMOS SANCHEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 49.223 y de este domicilio, quedando en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Alcaldía del Municipio Sucre, Estado Sucre, en fecha ocho se septiembre del año dos mil cuatro (08/09/2004).