Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la demanda de DESALOJO, incoada por la ciudadana ELIDAY DEL VALLE RODRÍGUEZ, asistida de la abogada CLAUDIA FIGUEROA MALAVÉ, contra el ciudadano LIONEL JOSÉ VIÑA VILLARROEL, representado judicialmente por los abogados MARAHIZA RUIZ y LUIS FELIPE LEAL TOTESAUT. Ambas partes identificadas en autos.-
En consecuencia se condena al demandado a desalojar el inmueble libre de personas y bienes.-
Se condena en costas al demandado por resultar totalmente vencido en la presente causa, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-